La desaparición forzada ha sido definida tanto en textos internacionales como en la legislación interna de varios países, está se caracteriza por la privación de la libertad de una persona por parte de agentes del Estado o grupos o individuos que actúan con su apoyo, seguida de la negativa a reconocer dicha privación o su suerte, con el fin de sustraerla de la protección de la ley.
Es un delito complejo, múltiple y acumulativo ya que atenta contra un conjunto diverso de derechos fundamentales: derecho a la vida; derecho a la libertad y a la seguridad personal; derecho a trato humano y respeto a la dignidad; derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica; derecho a la identidad y a la vida familiar, especialmente en el caso de los niños; derecho a reparación, incluso mediante la indemnización; derecho a la libertad de opinión, expresión e información; derechos laborales y políticos.
Este conjunto de derechos vulnerados se concluyen de las primeras sentencias formuladas por organismos internacionales en los años ochenta a partir de los derechos reconocidos, entre otras legislaciones, por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966 o la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969 y que sirvieron para desarrollar la jurisprudencia internacional relativa a éste crimen.
La desaparición forzada es definida también como un abuso continuo ya que la víctima, entendida como figura sujeto titular del derecho, se extiende a los familiares. Estos sufren en el tiempo el daño de la ausencia de sus allegados desaparecidos cuya suerte no se esclarece y de la impunidad de los autores, que no comparecen ante la justicia, llegando a padecer síndrome de estrés postraumático, como se reconoce en las sentencias judiciales. La clasificación de crimen continuo también supone que procesalmente, los hechos sólo prescriben a partir del momento en que se pueden elucidar, de manera que las familias pueden disponer de un mayor tiempo para presentar las denuncias ante la justicia.
Otra característica que rodea a este delito es la indefensión jurídica absoluta de la víctima al quedar desprotegida de los recursos elementales de habeas corpus o de amparo como resultado de la actuación de manera deliberadamente secreta de quienes cometen el crimen. Esta circustancia, sin embargo, permite que su defensa puede ser ejercida por cualquier persona cercana, familiar o amigo, o incluso una organización no gubernamental, generalmente un organismo defensor de derechos humanos. Dado que generalmente estos delitos tienen lugar en ausencia de separación de poderes, el sujeto pasivo de la acción procesal es el Estado en su conjunto quien debe responder a las demandas presentadas
Otra característica que rodea a este delito es la indefensión jurídica absoluta de la víctima al quedar desprotegida de los recursos elementales de habeas corpus o de amparo como resultado de la actuación de manera deliberadamente secreta de quienes cometen el crimen. Esta circustancia, sin embargo, permite que su defensa puede ser ejercida por cualquier persona cercana, familiar o amigo, o incluso una organización no gubernamental, generalmente un organismo defensor de derechos humanos. Dado que generalmente estos delitos tienen lugar en ausencia de separación de poderes, el sujeto pasivo de la acción procesal es el Estado en su conjunto quien debe responder a las demandas presentadas
AMERICA LATINA: ANTECEDENTES
En otros países como Brasil, a través de la acción del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) tras el golpe de Estado de 1964 o nuevamente en El Salvador y Guatemala, mediante grupos paramilitares como la Organización Democrática Nacional (ORDEN) fueron también denunciados casos de desaparecidos hasta mediados de los años ochenta.
Según la Comisión de la Verdad de Panamá, durante la dictadura militar que gobernó el país entre 1968 y 1989 se cometieron al menos 110 asesinatos y desapariciones de opositores en distintos periodos, algunos de las cuales ocurrieron incluso durante la invasión estadounidense de 198925
Otros casos de desaparición que se han dado a conocer y perduran como objeto de denuncia en tanto los procedimientos no se dan por cerrados hasta que se localizan los restos o el paradero de las víctimas han tenido lugar en Uruguay, Bolivia, Colombia, México y Perú.
FUENTE:http://es.wikipedia.org/wiki/Desaparición_forzada
En 1947, se creó en los EE.UU. el Consejo de Seguridad Nacional para el desarrollo de la doctrina de seguridad nacional. Esta doctrina, y su componente para la represión de disidentes, fue la base del adiestramiento impartido a oficiales de los ejércitos de diversos países de América del Sur en la Escuela de las Américas en Panamá y la US Special Warfare Center & School de Fort Bragg (Carolina del Norte), muchos de los cuales llevarían al extremo esta doctrina represora en varios países.
En America Latina se empieza a hablar de desaparición forzada en los años 30 a razón de los crímenes del régimen de Maximiliano Hernández Martínez 1932 en El Salvador y los de la represión en Guatemala tras el derrocamiento del gobierno de Jacobo Arbenz entre 1963 y 1966. Pero fue en los años 1970 en Argentina y Chile donde la práctica se fue configurando de manera numerosa por primera vez, cuando tras la instauración de las dictaduras militares en estos dos paises, sucedieron los más extremos y masivos casos de desapariciones cuya denuncia por familiares, asociaciones y personas relevantes de la lucha por los derechos humanos, llevaría posteriormente al desarrollo de una jurisprudencia internacional especial y el reconocimiento del delito de lesa humanidad de desaparición forzada, perseguido por el Tribunal Penal Internacional.
En otros países como Brasil, a través de la acción del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN) tras el golpe de Estado de 1964 o nuevamente en El Salvador y Guatemala, mediante grupos paramilitares como la Organización Democrática Nacional (ORDEN) fueron también denunciados casos de desaparecidos hasta mediados de los años ochenta.
Según la Comisión de la Verdad de Panamá, durante la dictadura militar que gobernó el país entre 1968 y 1989 se cometieron al menos 110 asesinatos y desapariciones de opositores en distintos periodos, algunos de las cuales ocurrieron incluso durante la invasión estadounidense de 198925
Otros casos de desaparición que se han dado a conocer y perduran como objeto de denuncia en tanto los procedimientos no se dan por cerrados hasta que se localizan los restos o el paradero de las víctimas han tenido lugar en Uruguay, Bolivia, Colombia, México y Perú.
FUENTE:http://es.wikipedia.org/wiki/Desaparición_forzada

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